lunes, 24 de octubre de 2011

CONSTITUCIONES DE PANAMÁ

Antecedentes históricos del siglo XlX.



Época colombiana

Constitución de Colombiana 1821

Mayormente conocida como la Constitución de Cúcuta, la Constitución Colombiana de 30 de agosto de 1821 estableció un régimen republicano y liberal individualista e instituyó un gobierno popular y representativo; era acentuadamente centralista en sus aspectos político-administrativos; estaba basada en la estricta separación de los tres órganos superiores del poder estatal. El órgano constitucionalmente preponderante era Congreso, conformado por dos cámaras: el Senado y la Cámara de Representantes. El Presidente y Vicepresidente eran elegidos por un periodo de 4 años y no se permitía la reelección; ambos escogidos por votación popular indirecta. Los colaboradores inmediatos del Presidente se denominaban "Secretarios del Despacho", nombrados libremente por el Presidente. La suprema autoridad judicial estaba confiada a la "Alta Corte de Justicia de Colombia", compuesta por cinco ministros elegidos de manera vitalicia.

Los Derechos Individuales y las Garantías penales estaban concebidos en unos de los Títulos finales, bajo la intrascendente denominación de "Disposiciones Generales". La Cláusula de Reforma exponía un método de Reforma bastante rígido, pues exigía que el proyecto de reforma fuera aprobado y ratificado por las dos terceras partes de las dos cámaras del Congreso.

El territorio del Estado estaba dividido en: Departamentos, éstos en Provincias, divididas en Cantones, los cuales se subdividían en Parroquias.[1] El Istmo fue dividido en dos provincias: Panamá y Veraguas. La Constitución de Cúcuta regía para los actuales Estados de Colombia, Venezuela, Ecuador y Panamá, unificados en ese entonces como "República de Colombia".

Influyó en su elaboración la Constitución de Cádiz de 1812. Asimismo influyó la Constitución de Los Estados Unidos de Norteamérica; empero la Constitución de Cúcuta, desechó el sistema federal, atribuyó a las cámaras del Congreso funciones distintas a las consignadas en la Constitución norteña; no consagró la reelección; no atribuyó la designación de los Magistrados de la Corte Suprema al Presidente sino al Senado; atribuyó un rol distinto a los Secretarios de Estado; y difiere radicalmente en su estructura, estilo, terminología y naturaleza.

La Carta de Cúcuta puede definirse como una Constitución moderada y equilibrada, que instituyó un genuino régimen republicano y un verdadero Estado de Derecho; sin embargo, dicha Constitución no fue del agrado de Simón Bolívar, ya que establecía limitaciones de poder y de tiempo al Ejecutivo. Por razones distintas, esta Carta fundamental tampoco resultó de agrado para los próceres y dirigentes de Panamá, ya que en su mayoría eran partidarios del abstencionismo estatal, del librecambio y de una economía esencialmente comercial; quienes creían firmemente en el espléndido porvenir económico del Istmo, por su privilegiada posición geográfica.

Ante el descrito régimen gubernamental y administrativo, el desagrado de la clase dominante panameña fue cada año más evidente; e hizo crisis en 1826 con motivo, entre otros factores, del intento de imponer en Panamá la Constitución que Bolívar había elaborado para el recién creado Estado deBolivia. Conjuntamente otros factores como las tendencias anárquicas, los intereses regionales, la oposición del clero y del ejército, socavaron las bases de esta Constitución.

Estado federal de panamá

 El Estado Soberano de Panamá fue una división administrativa y territorial de los Estados Unidos de Colombia.1 Creado el 27 de febrero de 1855 con el nombre de Estado Federal de Panamá, a partir de la unión de las provincias neogranadinas de AzueroChiriquí, Panamá y Veragua,2 fue oficialmente reconocido como Estado de la Federación en la constitución nacional de 1858,3 y finalmente denominado Soberano en las constituciones nacional y estatal de 1863.

Desde el año 1852, el Dr. Justo Arosemena, había propuesto al Congreso colombiano un proyecto de reformas de la Constitución que tenía como propósito convertir al Istmo en un Estado Federal, autónomo para sus asuntos internos y dependiente del Gobierno central en lo correspondiente a moneda, relaciones internacionales, sistema de medidas y pesas, etc. Sin embargo, el proyecto no prosperó inicialmente. Para lograr sus propósitos, Arosemena desarrolló una campaña periodística .a través de "El Pasatiempo" y otros diarios y revistas que circulaban para esa época. El estado panameño surgió el 3 d noviembre de 1903 cuando nos separamos de Colombia.

Primera constitución:

CONSTITUCION DE 1904

Esta Constitución de la República de Panamá, fue aprobada por una Convención Nacional y afirma en su primer artículo que "El pueblo panameño se constituye en nación independiente y soberana, regida por un Gobierno republicano y democrático, bajo la denominación de República de Panamá." Fue publicada el 15 de febrero de 1904 por el Gobierno Provisional de la Republica integrado por José Agustín Arango, Federico Boyd y Tomás Arias.







CONSTITUCION DE 1941

Aprobada el 2 de enero por plebiscito, cuando era presidente de la República el doctor Arnulfo Arias Madrid. Esta constitución contenía normas de carácter social , institucional y político muy importantes para el país , como la creación de la carrera administrativa, la protección a la familia y al trabajador, algunos derechos políticos de la mujer, la seguridad social. La educación como deber esencial del estado, la nacionalización del comercio y otras.

CONSTITUCION DE 1946

Basado en los anteproyectos elaborados por los doctores Ricardo J. Alfaro, Eduardo Chiari y José D. Moscote fue aprobada por la segunda asamblea constituyente, que presidió don Rosendo Jurado, y sancionada el 1º de marzo por el entonces Presidente de la República, don Enrique A. Jiménez. Fue un documento que respondía a las necesidades de la nación panameña de esa época: consagró importantes disposiciones sobre derechos y deberes individuales y sociales como protección a la familia, al trabajo, la salud pública, la educación, las colectividades campesinas e indígenas; determinó la estructura jurídica de nuestro estado; legalizó la igualdad masculina y femenina, al establecer la ciudadanía a los 21 años, sin distinción de sexo, entre otras.

CONSTITUCION DE 1972

Los 505 representantes de corregimientos, escogidos por votación popular el 6 de agosto, aprobaron la actual constitución (que empezó a  regir el 11 de octubre), como miembros de la asamblea nacional constituyente, cuyo presidente era el señor Elías Castillo. Para ello, se basaron en un documento redactado por la constitución de Reformas revolucionarias, compuesta por 25 miembros y sus suplentes, que fue establecida por la junta provisional de gobierno el 11 de octubre de 1971.

El órgano legislativo sufrió cambios en su estructura y en su funcionamiento. Ahora, está constituido por la Asamblea Legislativa y no por el consejo Nacional de Legislación, ni por la asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos. Con relación al Órgano Ejecutivo, ésta constitución establecía que el presidente de la República sería elegido por mayoría de votos de la Asamblea Nacional de Representantes de corregimientos. Pero entre las reformas que propuso la comisión Revisora y que se sometieron al referéndum el 24 de abril de 1983, este será elegido por sufragio popular directo y por mayoría de votos.







REFORMAS DE LA CONSTITUCION

REFORMA DE 1978

Las modificaciones que se le hicieron a la constitución de 1972fueron motivadas por la firma de los tratados Torrijos-Carter con Estados Unidos de América, en 1977.

El llamado gobierno revolucionario se comprometió a efectuar reformas constitucionales que permitieron una apertura democrática, con el objeto de hacer efectiva la reversión del Canal de Panamá y de los territorios adyacentes, necesarias para su adecuado funcionamiento.

Los cambios fueron aprobados por la Asamblea Nacional de Corregimiento elegidas para el periodo 1972-1978 y ratificados por la asamblea de representantes de corregimiento del periodo siguiente; de 1978-1984. Una de las modificaciones fue volver al sistema de escoger al presidente de la República por sufragio popular directo , por mayoría de votos.

REFORMA DE 1983

En 1982, con consenso de los partidos políticos y el general al mando de la fuerza pública, Rubén Darío se conformó una comisión de reforma a la constitución. Esta propuso la transformación de 150 artículos que fueron sometidos a referéndum popular el 24 de abril de 1983. Las reformas, aprobadas por la mayoría de los votantes, modificaron el artículos 2 de la constitución para reducir el poder de la fuerza pública. Las funciones de la Asamblea Nacional de representantes se limitaron a nivel municipal y de corregimiento, mientras que la funciones legislativas serían ejercidas únicamente por la asamblea Legislativa. Los miembros de la Asamblea Legislativa o legisladores se elegirían a partir de dicha reforma por medio de la votación de circuitos electorales, por períodos de 5 años.

REFORMA DE 1994

En 1994 se hicieron efectivas nuevas modificaciones a la constitución, que eliminaron la posibilidad de que en nuestro país existiera nuevamente un ejército, abolieron el Consejo General de Estado e introdujeron la carrera administrativa.

Las reformas de 1994intodujeron el título XlV, que reglamenta las operaciones y el funcionamiento del Canal de Panamá. Ese nuevo titulo especifica la soberanía nacional sobre la vía interoceánica y los territorios adyacentes.

El artículo 310 creó la Autoridad del Canal (ACP) de panamá y definió sus funciones básicas: la “administración, funcionamiento, conservación, mantenimiento y modernización del Canal de Panamá su actividades conexas”. Los artículos posteriormente especifican la composición del nuevo organismo y de su junta directiva, y determinan la relación entre la ACP y el gobierno de la República.



DERECHOS SOCIALES

La familia

·         El matrimonio es el fundamento legal de la familia y descansa en la igualdad de derechos de los conyugues.

·         Los menores, los ancianos  y los enfermos desvalidos tienen derecho a protección y a que el estado les garantice su protección

·         Es deber de los hijos respetar y asistir a los padres.

·         Todos los hijos son iguales ante la ley y tienen el mismo derecho hereditario.

·         El estado velará por el mejoramiento económico y social de la familia.

·         Le corresponde al estado la creación de un organismo que proteja a la familia.

Trabajo:

El trabajo es un derecho porque el estado debe proveernos los mecanismos necesarios para que todos tengamos empleos y asegurarnos así un apropiado desarrollo económico y social.

Algunos de los derechos menciona:

·         Se le garantiza a todos su salario o sueldo mínimo.

·         Se reconocen los derechos de sindicación y huelga.

·         Se establecen las jornadas máximas diurnas y nocturnas.

·         Se prohíbe la contratación de trabajadores extranjeros que puedan rebajar las condiciones de trabajo o las normas de vida del trabajador nacional.

·         Se reconoce el derecho a no ser despedido sin causa justificada y sin las formalidades establecidas por la ley.

DERECHO A LA EDUCACION

Cuando hablamos de educación nos referimos a la actividad que permite desarrollar las facultades intelectuales, y morales del individuo.

Educación:

·         Organizar y dirigir el servicio público de la educación nacional.

·         Garantizar a los padres de familia el derecho de participar en el proceso educativo de sus hijos.

·         Garantizar la libertad de enseñanza y reconocer el derecho de crear centros docentes particulares.

·         Promocionar los útiles necesarios para el aprendizaje.

Derechos de la mujer:

Son pocos los artículos que en la constitución vigente se refieren de manera especifica a los derechos de la mujer panameña, se da por sentado que estos la incluyen siempre que se trate del hombre.

Panamá ha firmado algunos convenios internacionales dedicados a este tema, los mas antiguos datan de 1948 adoptado en la novena conferencia internacional (Bogotá-Colombia) y que fueron aprobados por nuestra asamblea nacional en 1951. Esos son: Convención interamericana sobre la Concesión de los derechos civiles a la mujer y convención interamericana sobre la concesión a los derechos políticos a la mujer.

En ambos se parte de los principios de la igualdad que tiene el hombre y la mujer y que se reconoce en las cartas de las Naciones Unidas; los Derechos Civiles que tiene el hombre se le otorga a la mujer, los mismos que el derecho al voto y al ser elegida por un cargo público.

Entre los documentos mas reciente figura la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada por la asamblea general de la ONU en 1979 y ratificada por Panamá en 1981. Este documento reafirma el principio de la discriminación, los mismos de libertad o igualdad en dignidad y derecho de todas las personas sin distinción de sexo.